En el año 2002 el Banco Central de la República Argentina dispuso suprimir el vocablo “convertibles de curso legal” en los billetes de la actual línea monetaria, según lo establecido por la Ley 25.561 del 07/01/2002, que en su artículo 3° deroga los artículos 1° y 2° de la Ley de Convertibilidad (Ley N° 23.928 del 27.03.1991).